• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: ANGEL SANTIAGO MARTINEZ GARCIA
  • Nº Recurso: 576/2023
  • Fecha: 27/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Audiencia revoca la sentencia que condenó al acusado como autor de un delito de abandono de familia por impago de pensiones, absolviéndolo. También confirma el pronunciamiento de instancia que absolvió al acusado del delito de insolvencia punible. No se considera acreditado que hayan concurrido todos los elementos configuradores del tipo penal de abandono de familia en el espacio temporal enjuiciado. Incongruencia de la sentencia al condenar como responsabilidad civil por pensiones devengadas durante un periodo que no se considera delictivo. Elementos del delito de impago de pensiones como delito de tracto sucesivo. La prescripción del delito apreciada de oficio. Inexistencia de ánimo de incumplir las obligaciones civiles al realizar la transmisión de un inmueble. Imposibilidad de apreciar el delito de insolvencia punible a partir del relato de hechos de la sentencia absolutoria. La acumulación de procesos por delitos diversos pero conexos.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Lugo
  • Ponente: ANA ROSA PEREZ QUINTANA
  • Nº Recurso: 192/2023
  • Fecha: 27/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El juzgado de lo Penal condena al acusado como criminalmente responsable de un delito continuado de robo con fuerza en las cosas en tipificado en los artículos 74,237, 238.2 del código penal a la pena de dos años de prisión. La representación procesal entre el acusado interpone recurso de apelación Interesando la revocación de la sentencia y la libre absolución. Solicita la nulidad del juicio por infracción del artículo 786. 2 LECrim, porque el juicio fue celebrado en ausencia de otro acusado, Sólo con la presencia de los demás acusados del ministerio fiscal. Subsidiariamente impugna la valoración probatoria alegando error, y vulneración del principio de presunción de inocencia. Audiencia Provincial desestima el recurso de apelación y confirma íntegramente la sentencia desestimando la infracción de la celebración del juicio oral en ausencia, no se trató de un supuesto el artículo 786 apartado segundo, sino del apartado primero, Y en cuanto al error en la valoración de la prueba y vulneración del principio de presunción de inocencia, concluye que el recurrente admitió en el juicio que entró en garajes, junto con el otro acusado dos veces, reconocimiento de hechos objeto de esta causa, Por lo que los hechos han resultado acreditados, y la autoría del acusado.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANDRES PALOMO DEL ARCO
  • Nº Recurso: 4711/2021
  • Fecha: 24/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Individualizada expresamente la pena mínima, al ponderar la norma más favorable, habría que estar al mínimo de la nueva norma, si fuera de menor gravedad que la anterior, sin atender a otros criterios de proporcionalidad. Procede atender a la aplicación de la normativa que resultó tras la LO 10/2022. Pero a ello debería añadirse que la reforma en el art. 192.3 impone que la pena de inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidos, que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad, sea por un tiempo superior entre cinco y veinte años al de la duración de la pena de privación de libertad impuesta en la sentencia. Es necesaria una interpretación amplia del precepto, 120.4 CP, no sólo afirmando la responsabilidad en la culpa in eligendo y culpa in vigilando, de manera que quien se beneficia de las actividades que de alguna manera puedan generar un riesgo para terceros deben soportar las eventuales consecuencias de orden civil respecto de estos terceros cuando resulten perjudicados. El principio de que las acciones dolosas carecen de cobertura, se interpreta en el sentido de que será así cuando sea el propio profesional responsable de una actuación de ese carácter el que reclama; pero esto no exime al asegurador de responder frente a las víctimas, que gozan de una acción directa, en los términos del art. 117 CP y según lo dispuesto en el art. 76 de la Ley de Contrato de Seguro; sin perjuicio de repetir contra aquel.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: MARIA DE LOURDES DEL SOL RODRIGUEZ
  • Nº Recurso: 471/2023
  • Fecha: 24/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: De la comparación de los tipos penales contenidos en el artículo 337.1.3 del CP anterior a la reforma de la LO 3/2023 y 340 bis introducido por ésta última, resulta que éste contiene una descripción típica más amplia que el primero, cuyas conductas quedan por tanto incluidas en el nuevo precepto. Conforme a lo establecido en la Disposición Transitoria Primera de la citada LO 3/2023, no debe variarse el precepto en el que se sustenta la condena que ha sido objeto de impugnación, por ser éste más favorable.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Murcia
  • Ponente: MARIA TERESA DE JESUS GOMEZ CASADO
  • Nº Recurso: 65/2022
  • Fecha: 24/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Finalizada la fase de instrucción, el juez no puede seguir investigando el hecho punible practicando diligencias. Lejos del escenario de nulidad absoluta por ilicitud constitucional, la intempestividad de ciertas diligencias la convierte en fuente de prueba irregular, debiéndose entender como tal la obtenida, propuesta o practicada con infracción de la normativa procesal que regula el procedimiento probatorio, pero sin afectación nuclear de derechos fundamentales. La prueba de confesión no está conceptuada en nuestro derecho como una prueba absoluta, sino que requiere la corroboración de otra serie de pruebas o elementos en la misma dirección. delito continuado de abuso sexual a menor de 16 años. El bien jurídico protegido es pluriofensivo. Elemento objetivo consistente en una acción proyectada sobre partes sexuadas del cuerpo de otra persona, y elemento subjetivo que es suficiente conocimiento y la representación del acusado de que con su actuar Guinea y afecta a la libertad sexual de la víctima. Aplicación de la Ley más favorable al reo. Subtipo agravado de prevalimiento. Atenuantes de dilación indebida y de confesión tardía como analógica y reparación del daño. Responsabilidad civil del delito.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Logroño
  • Ponente: JOSE CARLOS ORGA LARRES
  • Nº Recurso: 46/2023
  • Fecha: 24/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala confirma la sentencia que condena como autor de un delito continuado de abusos sexuales. el hecho de que actualmente el juicio oral quede grabado en un soporte audiovisual que permite su examen al Tribunal de Segunda Instancia, no debe llevarnos sin más a considerar que el visionado de esa grabación que puede realizar el tribunal de apelación puede equipararse sin más a la inmediación que tuvo el juez de instancia. En este sentido, la Sentencia del Tribunal Constitucional 120/09, de 18 de mayo de 2009, descarta que la visualización por el Tribunal de apelación de la grabación audiovisual del juicio oral celebrado en primera instancia permita entender colmada la garantía de inmediación, pues ésta es una noción mucho más amplia que permite el contacto directo del Juez con la prueba. Respecto del delito continuado, la STS 91/2016, de 17 de febrero destaca la distinción que la Jurisprudencia ha establecido entre la "unidad de acción en sentido natural", la "unidad natural de acción, la "unidad típica de acción" y "el delito continuado", con cita de, entre otras, las SSTS 487/2014, de 9 de junio , 905/2014, de 29 de diciembre o la 277/2015, de 3 de junio , concluyendo que la solución a la continuidad delictiva no puede venir de un análisis naturalístico de las acciones, sino de criterios de racionalidad jurídica. Se apreciaron daños morales por el sufrimiento de la víctima.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: PABLO LLARENA CONDE
  • Nº Recurso: 7064/2021
  • Fecha: 24/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Inaplicación de la atenuante analógica de proximidad del acusado a la madurez de la víctima del artículo 21.7 del Código Penal, en relación con el artículo 183 quater del Código Penal, en su redacción dada por la LO 1/2015. Aplicación retroactiva, como más favorable, de la LO 10/2022.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MANUEL MARCHENA GOMEZ
  • Nº Recurso: 6684/2021
  • Fecha: 23/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Valor de prueba preconstituida a la vista de la imposibilidad de la víctima de declarar en el juicio oral por el impacto psicológico que provoca su derrumbe al contestar a las preguntas del Fiscal. En caso de menores, la decisión acerca de poner en marcha la investigación de los hechos no depende de ellos, sino de las personas de su entorno que ejercen su patria potestad o tutela. Por eso la denuncia se somete a un régimen específico, pudiendo promover la acción penal el Ministerio Fiscal y por lo que el régimen jurídico de la prescripción se singulariza, hasta el punto de que el cómputo del plazo extintivo se sitúa en el momento en el que el menor ha alcanzado ya la mayoría de edad. Las disposiciones que condujeron el tránsito de la normativa pre-vigente al Código Penal aprobado en el año 1995, disciplinando los casos, modos y formas en que la regulación de este último podría considerarse o no favorable con relación a los sucesos acaecidos con anterioridad, hubieran sido éstos enjuiciados o no, no resultan aplicables aquí. Queda en manos del legislador en cada reforma penal dejar operar al régimen previsto, "por defecto", en el art. 2.2 CP; o establecer normas específicas que podrían bien extender la eficacia retroactiva más allá de lo que se deriva del art. 2.2 CP. Dada la necesidad de no trocear el régimen jurídico considerado más favorable, han de imponerse también las penas asociadas al art. 192.3; debe realizarse un análisis de las circunstancias concurrentes.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN RAMON BERDUGO GOMEZ DE LA TORRE
  • Nº Recurso: 7297/2021
  • Fecha: 23/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Denegación de diligencias de prueba, art. 850.1 LECrim. Negativa a que el testigo conteste determinadas preguntas, art. 850.3 LECrim. Vulneración de la Directiva 2012/13 UE del Parlamento europeo y del Consejo sobre el derecho a la información en los procesos penales. Agentes encubiertos. Delito provocado: relación con presunción de inocencia y tentativa inidónea del delito contra la salud pública. Doctrina de la Sala. Grupo criminal. Requisitos. Distinción de la mera codelincuencia. Prueba indiciaria. Valoración conjunta -y no fragmentaria o aislada- de los indicios. Posibilidad de la complicidad. Supuestos excepcionales. Motivación de la pena. Registro domiciliario y presencia letrado. No es necesaria. Intervenciones telefónicas. No se precisa conocer la previa identidad de los usuarios de la línea intervenida. Derecho a la doble instancia. Dictámenes de la ONU sobre el recurso de casación español. Atenuante dilaciones indebidas. Doctrina de la Sala Desistimiento en la tentativa. No se aprecia. Incidencia de la drogadicción. Significación causal con el delito cometido. Delincuencia funcional.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JULIAN ARTEMIO SANCHEZ MELGAR
  • Nº Recurso: 6826/2021
  • Fecha: 23/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Delito de estafa. Ficticia operación de compraventa de diamantes. Elementos del tipo: 1) un engaño precedente por parte de los acusados, concebido con un criterio amplio, dada la ilimitada variedad de ejemplos que la vida real ofrece; 2) dicho engaño ha de ser bastante para la consecución de los fines propuestos, en el sentido de suficiente y proporcional, debiendo tener la adecuada idoneidad para que en la convivencia social ordinaria actúe como estímulo eficiente del traspaso patrimonial; 3) producción de un error esencial en el sujeto pasivo, desconocedor o con conocimiento deformado o inexacto de la realidad por causa del artificio del agente; 4) un acto de disposición patrimonial por parte de esos sujetos pasivos; 5) nexo causal entre el engaño del autor y el perjuicio a las víctimas mencionadas, por lo que el dolo del agente tiene que anteceder o ser concurrente en la dinámica defraudatoria, y 6) por último, ánimo de lucro, elemento subjetivo del injusto que es esencial para la configuración de la tipicidad de la estafa y que consiste en la intención de obtener cualquier tipo de enriquecimiento patrimonial. Cuestión nueva: no puede traerse a este debate casacional cuestiones que no han sido objeto de apelación. Ámbito del recurso de casación cuando se invoca la presunción de inocencia: las facultades de revisión son limitadas, referidas a la falta de racionalidad de la prueba valorada por el Tribunal de apelación.

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